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  • VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

    A raíz de que en el ámbito nacional y estatal resultaron electas muchas mujeres para diversos cargos públicos, algunas incluso muy jóvenes, en redes sociales, en algunos medios electrónicos e impresos se ha cuestionado o puesto en entredicho su capacidad para el buen desempeño de su encargo.

    Ese tipo de conductas, puede considerarse como violencia política de género, porque según la jurisprudencia 21/2018, emitida por la Sala Superior del TEPJF, dicha violencia se da, cuando en un acto u omisión concurren los siguientes elementos: 1. Sucede en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público; 2. Es perpetrado por el Estado o sus agentes, por superiores jerárquicos, colegas de trabajo, partidos políticos o representantes de los mismos; medios de comunicación y sus integrantes, un particular y/o un grupo de personas; 3. Es simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual y/o psicológico; 4. Tiene por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, y 5. Se basa en elementos de género, es decir: i. se dirige a una mujer por ser mujer, ii. tiene un impacto diferenciado en las mujeres; iii. afecta desproporcionadamente a las mujeres.

    Esa Sala en diversas resoluciones ha señalado que los ataques en contra de las mujeres, por el simple hecho de ser mujeres, tienen como trasfondo su descalificación o una desconfianza sistemática e indiferenciada hacia su capacidad o sus posibilidades de hacer un buen trabajo cuando ocupan un cargo público o para ganar una elección.

    En cuyo caso, nos encontramos en presencia de un prejuicio básico, llamado estereotipo, que determina que las mujeres pertenecen a la esfera privada-doméstica, mientras que la política es un espacio, predominantemente masculino, que exige capacidades y experiencias, que quienes ejercen este tipo de violencias, consideran que las mujeres no poseen.

    De manera pues que debemos ser muy cuidadosos en descalificar o realizar señalamientos que pongan en duda la capacidad y la experiencia de una mujer para desempeñar un cargo público, pues podemos ser objeto de diversas responsabilidades, por ejercer violencia política.

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