Buen día, algún miembro de la REDIPAL me podrá proporcionar información o recomendar material bibliohemerográfico en relación con los siguientes temas:
Diferencia entre derecho y prerrogativa, y entre facultad y atribución.
La primera ya que dentro del texto de la Constitución Mexicana se usa como si se trataran de cuestiones diversas, por ejemplo en los artículos 38, primer párrafo, y 41, fracción I, párrafo primero.
La segunda ya que también se usa indistintamente en el cuerpo de las leyes secundarias. En una ocasión me dijeron que la atribución es género y la facultad es especie, y por ende la atribución se puede o no ejercer, mientras que la facultad es obligatoria.
De antemano gracias por sus aportaciones. Saludos.